Calculadora de aguinaldo 2026
Escribe tu sueldo mensual y los días de aguinaldo que te dan para ver cuánto te toca, qué parte está exenta de impuestos y cuánto te llegará neto después del ISR, con los dos métodos de retención que existen.
¿Estás en Argentina? El aguinaldo argentino (SAC) se calcula distinto: usá la calculadora de aguinaldo de Argentina. ¿Estás en Colombia? La prestación equivalente es la prima de servicios: usa la calculadora de prima de servicios de Colombia.
Cómo se calcula el aguinaldo
El aguinaldo es una prestación obligatoria: la Ley Federal del Trabajo (art. 87) exige pagar por lo menos 15 días de salario, a más tardar el 20 de diciembre. Quien no completó el año tiene derecho a la parte proporcional a los días que trabajó. La cuenta es esta:
aguinaldo = salario diario × días de aguinaldo × días trabajados en el año ÷ 365
El salario diario es tu sueldo mensual entre 30. Si ganas $20,000.00 al mes, tu salario diario es de $666.67 y los 15 días mínimos suman $10,000.00 con el año completo. Si tu contrato o tu empresa te dan más de 15 días (30 es común en algunas empresas), cámbialo en la calculadora; menos de 15 no es posible, porque es el mínimo de la ley. Si entraste a trabajar este año, escribe tu fecha de ingreso y se cuentan los días desde ese día hasta el 31 de diciembre.
Qué parte del aguinaldo paga impuesto
No todo el aguinaldo se grava. La Ley del ISR (art. 93, fr. XIV) exime los primeros 30 días de UMA. Con la UMA de 2026 ($117.31), esa parte exenta es de $3,519.30, y no depende de cuántos días de aguinaldo te dan. Lo que pase de esa cantidad es ingreso gravado. Quien gana el salario mínimo o menos tiene además la exención de 15 días de su propio salario (art. 93, fr. I), y la calculadora toma la que le convenga.
Por eso, con $9,000.00 al mes (debajo del mínimo de $315.04 diarios) el aguinaldo de 15 días es de $4,500.00 y queda completo sin ISR, mientras que con $12,000.00 ya hay $2,480.70 gravados.
Dos formas de retener el ISR: art. 174 y art. 96
Sobre la parte gravada, el patrón puede retener de dos maneras, y las dos son legales. La calculadora te muestra ambas y usa la primera para el neto principal.
- Art. 174 del Reglamento de la LISR (tasa proporcional). La parte gravada se divide entre 365 y se multiplica por 30.4 para llevarla a un mes. Se calcula cuánto ISR más resulta de sumar esa cantidad a tu sueldo mensual, y esa diferencia, entre la parte mensualizada, da una tasa que se aplica a todo el gravado.
- Art. 96 de la LISR (se suma al mes). Se suma la parte gravada completa al sueldo del mes y se retiene la diferencia de ISR entre ese total y el sueldo solo. Suele dar una cifra parecida, pero no idéntica: con $12,000.00 al mes, por ejemplo, el art. 96 retiene $366.29 y el art. 174, $269.79. Ojo si ganas $11,492.66 al mes o menos: con el art. 96, si el sueldo más la parte gravada pasa de ese límite, ese mes se pierde el subsidio para el empleo ($535.65). Con $11,000.00 al mes el art. 96 retiene $770.74 y el art. 174, $215.40; la calculadora lo toma en cuenta.
La retención es un pago a cuenta: el impuesto definitivo se ajusta en la declaración anual.
Ejemplo: $20,000.00 al mes, 15 días, año completo
| Etapa | Valor |
|---|---|
| Salario diario ($20,000.00 ÷ 30) | $666.67 |
| Aguinaldo: 15 días × 365 ÷ 365 | $10,000.00 |
| Parte exenta: 30 UMA (30 × $117.31) | $3,519.30 |
| Parte gravada | $6,480.70 |
| Gravado ÷ 365 × 30.4 (llevado a un mes) | $539.76 |
| ISR de la tarifa sobre $20,539.76, menos ISR de $20,000.00 | $115.30 |
| ISR por el art. 174: $6,480.70 × ($115.30 ÷ $539.76) | $1,384.36 |
| Aguinaldo neto con el art. 174 | $8,615.64 |
| ISR por el art. 96: tarifa sobre $26,480.70 menos tarifa sobre $20,000.00 | $1,384.28 |
Aguinaldo de 15 días según tu sueldo mensual
| Sueldo mensual | Aguinaldo | Exento | Gravado | ISR (art. 174) | Neto |
|---|---|---|---|---|---|
| $9,000.00 | $4,500.00 | $4,500.00 | $0.00 | $0.00 | $4,500.00 |
| $12,000.00 | $6,000.00 | $3,519.30 | $2,480.70 | $269.79 | $5,730.21 |
| $20,000.00 | $10,000.00 | $3,519.30 | $6,480.70 | $1,384.36 | $8,615.64 |
| $30,000.00 | $15,000.00 | $3,519.30 | $11,480.70 | $2,452.35 | $12,547.65 |
| $45,000.00 | $22,500.00 | $3,519.30 | $18,980.70 | $4,464.28 | $18,035.72 |
| $60,000.00 | $30,000.00 | $3,519.30 | $26,480.70 | $7,944.26 | $22,055.74 |
Fíjate en la fila de $60,000.00: el aguinaldo es el triple que el de $20,000.00, pero lo exento sigue siendo $3,519.30. Por eso, cuanto más ganas, mayor es la parte del aguinaldo que paga ISR.
Si entraste a trabajar a mitad de año
El aguinaldo proporcional se calcula con los días que trabajaste en 2026. Con $12,000.00 al mes y fecha de ingreso el 1 de julio de 2026 son 184 días: el aguinaldo es de $3,024.66, menor a los $3,519.30 exentos, así que no hay ISR y llega completo. Si ingresaste antes de 2026 se cuenta el año completo, y la calculadora no cuenta más de 365 días.
Qué no cubre esta calculadora
Calcula el aguinaldo con tu sueldo ordinario mensual. No incluye otras prestaciones como el reparto de utilidades (PTU) ni descuentos particulares, y usa el año 2026 completo, así que sirve para el aguinaldo que se paga en diciembre de este año. Si tu aguinaldo se calcula sobre un sueldo variable o tu contrato fija reglas distintas, el monto real puede variar. Con el método del art. 174 el ISR se calcula sin subsidio para el empleo, como es práctica común.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se paga el aguinaldo en 2026?
A más tardar el 20 de diciembre, según el art. 87 de la Ley Federal del Trabajo. Muchas empresas lo pagan en la primera quincena de diciembre o junto con la nómina de noviembre, pero la fecha límite legal es el 20.
¿Cuántos días de aguinaldo me tocan como mínimo?
Por lo menos 15 días de salario. Tu empresa puede dar más: el contrato individual o colectivo puede fijar 20, 30 o más días. La calculadora no acepta menos de 15 porque ese es el mínimo legal.
¿Cuánto del aguinaldo está libre de impuestos?
Están exentos 30 días de UMA. Con la UMA de 2026 ($117.31) son $3,519.30. Si tu aguinaldo es menor o igual a esa cantidad, no se te retiene ISR; si es mayor, solo se grava el excedente. Quien gana el salario mínimo o menos puede tener además la exención de 15 días de su propio salario.
¿Qué diferencia hay entre el art. 174 del RLISR y el art. 96 de la LISR?
Son dos métodos válidos para retener el ISR de la parte gravada. El art. 174 saca una tasa proporcional con el aguinaldo llevado a un mes; el art. 96 suma el gravado completo a tu sueldo del mes. Tu patrón elige cuál usar, y el impuesto definitivo se ajusta en la declaración anual. Con $20,000.00 al mes la diferencia es de 8 centavos.
Entré a trabajar a mitad de año, ¿me toca aguinaldo?
Sí, proporcional a los días trabajados. Con $12,000.00 al mes y fecha de ingreso el 1 de julio de 2026, son 184 días y el aguinaldo de 15 días es de $3,024.66.
¿Por qué no me coincide con mi recibo de nómina?
Lo más común es que tu empresa pague más de 15 días, calcule sobre un sueldo distinto al mensual ordinario, use el otro método de retención o descuente conceptos propios como préstamos. Revisa tu CFDI de nómina y, si algo no cuadra, pregunta a recursos humanos.
Fuentes
- Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (DOF, 28 de diciembre de 2025), apartado B, fracción V: tarifa mensual del art. 96 de la LISR (PDF del SAT)
- Diario Oficial de la Federación, 31 de diciembre de 2025 — Decreto por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo: 15.02 % de la UMA mensual para ingresos de hasta $11,492.66 (15.59 % de la UMA 2025 en enero)
- INEGI — Unidad de Medida y Actualización (UMA): $117.31 diaria y $3,566.22 mensual, vigente del 1 de febrero de 2026 al 31 de enero de 2027
- CONASAMI — Salarios mínimos 2026: $315.04 diarios en el resto del país y $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte
- Ley Federal del Trabajo (LFT), art. 87 — aguinaldo de por lo menos 15 días, pagadero antes del 20 de diciembre y proporcional al tiempo trabajado
- Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), art. 93, fr. I y XIV — exención del aguinaldo (30 UMA) — y art. 96 — retención mensual
- Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta (RLISR), art. 174 — retención de ISR sobre ingresos por aguinaldo
Última actualización: octubre de 2026 · Cómo calculamos