Calculadora de finiquito y liquidación 2026

Con tu sueldo, tu fecha de ingreso, tu fecha de salida y el motivo, calcula lo que te corresponde al terminar un empleo en México: el finiquito, la liquidación si aplica, y el ISR estimado de cada concepto.

Finiquito y liquidación: no son lo mismo

En el lenguaje de todos los días se usan como sinónimos, pero no lo son. El finiquito es lo que ya generaste y te deben pagar siempre que termina la relación de trabajo, sin importar el motivo: sueldo pendiente, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales. La liquidación es lo que se suma cuando hay una separación que la ley indemniza, como el despido injustificado: la indemnización de tres meses y, en su caso, los 20 días por año, además de la prima de antigüedad.

ConceptoRenunciaDespido justificadoDespido injustificado
Sueldo pendienteSíSíSí
Vacaciones proporcionales y prima vacacionalSíSíSí
Aguinaldo proporcionalSíSíSí
Prima de antigüedadSólo con 15 años o más de servicioSíSí
Indemnización de 3 mesesNoNoSí
20 días por año de servicioNoNoSólo si el patrón queda eximido de reinstalarte o si tú rescindes por su causa (arts. 49, 50 fr. II y 52)
Resumen de la LFT (arts. 48, 50, 76 a 80, 87 y 162). Cada caso concreto puede tener matices. La terminación por mutuo acuerdo no está en la tabla: la ley no fija una indemnización para ella y lo que se pague depende de lo que se pacte.

Cómo se calcula cada concepto

Todo parte del salario diario: tu sueldo mensual entre 30.

El salario integrado

Las indemnizaciones no se calculan con el sueldo diario a secas, sino con el salario diario integrado, que suma al sueldo la parte proporcional del aguinaldo y de la prima vacacional (arts. 84 y 89). Se obtiene multiplicando el salario diario por un factor: 1 + (días de aguinaldo + días de vacaciones × prima vacacional) ÷ 365. Con 15 días de aguinaldo, 22 de vacaciones y 25 % de prima, el factor es 1.0562.

Cómo se calcula el ISR

El finiquito y la liquidación pagan impuesto, pero con exenciones. El aguinaldo está exento hasta 30 UMA y la prima vacacional hasta 15 UMA (LISR, art. 93, fr. XIV). Los pagos por separación (prima de antigüedad e indemnizaciones) están exentos hasta 90 UMA por cada año de servicio, y se cuenta como año completo una fracción de más de seis meses (art. 93, fr. XIII). Esta calculadora trata así lo gravado:

Es una estimación: el cálculo definitivo lo hace tu patrón y se ajusta en la declaración anual.

Ejemplo 1: renuncia con $15,000.00 al mes

Ingresaste el 15 de marzo de 2023 y renuncias con salida el 23 de octubre de 2026. Llevas 3 años y 223 días, así que estás en tu cuarto año de servicio (18 días de vacaciones). Como renuncias con menos de 15 años, no hay prima de antigüedad ni indemnización.

ConceptoImporte
Vacaciones proporcionales: $500.00 × 18 días × 223 ÷ 365$5,498.63
Prima vacacional (25 %)$1,374.66
Aguinaldo proporcional: 296 días de 2026$6,082.19
Total bruto$12,955.48
ISR estimado−$518.11
Neto estimado$12,437.37
Valores de la calculadora con las tablas de 2026.

Ejemplo 2: despido injustificado con $25,000.00 al mes

Ingresaste el 1 de junio de 2018 y sales el 23 de octubre de 2026, con 8 años y 145 días (22 días de vacaciones). Sin los 20 días por año:

ConceptoImporte
Vacaciones proporcionales$7,283.11
Prima vacacional (25 %)$1,820.78
Aguinaldo proporcional: 296 días de 2026$10,136.99
Prima de antigüedad: 12 días × $630.08 (tope de 2 salarios mínimos) × 8.40 años (8 años y 145 días)$63,491.35
Indemnización de 3 meses: 90 días × $880.17 de salario integrado$79,215.30
Total bruto$161,947.53
Exento por separación: 90 UMA × 8 años$84,463.20
ISR estimado−$9,271.34
Neto estimado$152,676.19
Valores de la calculadora con las tablas de 2026. Con la casilla de los 20 días por año el bruto sube a $309,767.86.

Días de vacaciones por año de servicio

Año de servicioDías de vacaciones
112
214
316
418
520
6 a 1022
11 a 1524
16 a 2026
21 a 2528
26 a 3030
31 a 3532
Art. 76 de la LFT, con la reforma publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2022.

Qué no cubre esta calculadora

No incluye reparto de utilidades (PTU), fondo de ahorro, bonos, comisiones, ni descuentos por préstamos o por Infonavit. En un despido injustificado tampoco suma los salarios vencidos ni sus intereses, que sólo proceden si hay juicio (art. 48). El ISR se estima sin subsidio para el empleo y sin sumar el sueldo normal del mes que ya te hayan pagado aparte, y no descuenta exenciones de aguinaldo o prima vacacional que ya hayas usado en el año. Tampoco evalúa si tu despido fue o no justificado: eso lo decide, en su caso, la autoridad laboral. Los parámetros fiscales son los de 2026 aunque la fecha de salida sea de otro año. Antes de firmar un finiquito, revisa cada concepto; firmarlo no siempre cierra la posibilidad de reclamar lo que falte.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?

El finiquito es lo que ya generaste y te deben pagar sin importar el motivo de la salida: sueldo pendiente, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales. La liquidación agrega los pagos por una separación que la ley indemniza, como la indemnización de tres meses, los 20 días por año y la prima de antigüedad.

¿Me corresponde prima de antigüedad si renuncio?

Sólo si tienes 15 años o más de servicio. Si te despiden, con o sin causa justificada, se paga sin importar la antigüedad. Son 12 días de salario por año, con un tope de dos veces el salario mínimo.

¿Cuánto se paga en un despido injustificado?

El finiquito más la prima de antigüedad y la indemnización de tres meses (90 días de salario integrado). Si el patrón queda eximido de reinstalarte (art. 49 de la LFT) o si tú rescindes por su causa (art. 52), se agregan 20 días de salario por cada año de servicio. La calculadora te deja activar esta última casilla.

¿Cómo se calculan mis vacaciones pendientes?

Con los días que te tocan en tu año de servicio actual, en proporción a lo que has trabajado desde tu último aniversario. Si además tienes días de años anteriores sin disfrutar ni pagar, captúralos en la calculadora: se pagan completos y también generan prima vacacional.

¿Cuánto del finiquito paga ISR?

El aguinaldo está exento hasta 30 UMA y la prima vacacional hasta 15 UMA. Los pagos por separación están exentos hasta 90 UMA por año de servicio. El sueldo y las vacaciones sí pagan ISR. La calculadora estima el impuesto, pero el cálculo final lo hace tu patrón.

¿Qué pasa si mi fecha de salida no es de este año?

La calculadora puede hacer el cálculo, pero usa los parámetros de 2026 (UMA, salario mínimo y tarifa del ISR). Los montos reales de una salida de otro año se calculan con los parámetros vigentes en esa fecha.

Fuentes

Última actualización: octubre de 2026 · Cómo calculamos

Descargo de responsabilidad: Esta calculadora da una estimación con fines informativos, con las tablas y la UMA de 2026. No es asesoría legal, fiscal ni contable, y no evalúa si una terminación fue justificada o no. Los montos reales dependen de tu contrato, de tus recibos de nómina (CFDI) y de lo que resuelva la autoridad laboral; confírmalos con tu empleador, con un abogado laboral o con un contador antes de firmar. Esta calculadora no ha sido revisada por un abogado ni por un contador, y no garantizamos que el resultado sea exacto para tu caso: donde la ley o los tribunales admiten más de una interpretación, aplicamos el criterio que explicamos en esta página. BriskToolbox no se hace responsable de decisiones tomadas con base en estos resultados. Si tienes un conflicto con tu patrón, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece asesoría gratuita.